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Planes de pensiones

10 febrero 2017
ahorro pension

¿Desearías completar la pensión de jubilación porque crees que para entonces no tendrás suficientes ingresos? Los planes de pensiones suelen mostrarse como un producto de ahorro popular de cara a la jubilación. Atraen por sus supuestas ventajas fiscales, pero en realidad tienen unas desventajas hacen que solo interesen en pocos casos...

Los planes de pensiones funcionan de forma similar (salvando las distancias) a los fondos de inversión: los gestores invierten en acciones, obligaciones o ambas, según la categoría del plan, al inversor se le cargan unos gastos y el ahorrador puede ganar o perder dinero con ellos. Los planes pueden resultar atractivos porque las aportaciones realizadas desgravan en el IRPF, pero también tienen algunos contras:

  • Problemas de liquidez: el inversor sólo puede recuperar su dinero en determinados casos (jubilación, fallecimiento, incapacidad o dependencia, enfermedad grave, paro etc.)
  • Limitado rendimiento. En comparación con otros productos como fondos de inversión, son caros, su rentabilidad es escasa y su gestión deja bastante que desear.
  • Fiscalidad. Este es un aspecto que hay que valorar detenidamente. En el momento del rescate, se pagan impuestos no sólo por las ganancias acumuladas, como sucede en los fondos, sino también por el total de las aportaciones realizadas, en realidad lo que hay es más bien un "aplazamiento" del pago a Hacienda. Sigue leyendo.
Qué es un plan de pensiones privado
¿Ventaja fiscal?

El gran aliciente de los planes de pensiones frente a otros productos es la ventaja fiscal.

Las cantidades que se aportan a los planes de pensiones (incluidas mutualidades de previsión social, planes de previsión de asegurados, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia) permiten pagar menos impuestos ese año ,y puesto que el IRPF tiene una escala de gravamen creciente por tramos, el ahorro es mayor conforme aumenta el nivel de ingreso, dentro de un límite que será el menor de dos cantidades: 8.000 euros al año o el 30% de la suma de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas.

En realidad la ventaja no es tanto una exención de impuestos , como un retraso del momento en que se van a pagar. En el momento del cobro, el ahorrador  pagará impuestos no sólo por las ganancias sino por la totalidad de las aportaciones realizadas hasta el momento, que van a la base imponible como rendimiento del trabajo y por tanto, tributará a su tipo marginal pudiendo llegar a pagar más del 45% de impuestos, dependiendo de su comunidad autónoma. Incluso en caso de fallecimiento, sus beneficiarios no tributarán por el impuesto de sucesiones (caso de los fondos de inversión) por el que pagaría menos impuestos, sino como rendimiento del trabajo.

Por tanto, la pretendida ventaja de la tributación es en realidad menos ventajosa que la que ofrecen otros productos de inversión (los fondos, por ejemplo), en los que se pagan impuestos al cobrar, pero solo por la ganancia o pérdida patrimonial obtenida, que tributa al 19%, al 21% o al 23%. En definitiva, tan importante es saber a quién le interesa aportar como la forma en que debe cobrarlo.

¿A quien interesan los planes de pensiones?

Antes de plantearte invertir en un plan o un fondo para completar tu futura pensión pública, intenta mejorarla. Esto es especialmente necesario para los trabajadores autónomos, y todos los que vean reducidas sus aportaciones a la Seguridad Social (prejubilados, parados…), pero en realidad, a la vista de la incertidumbre que rodea al futuro de las pensiones, todos debemos plantearlo.

A los menores de 50 años no les interesan tanto los planes de pensiones: por las limitaciones de lo liquidez , independientemente de su nivel de rentas, obrendrán mejores resultados invirtiendo con una estrategia acertada a través de fondos (productos líquidos) a través de nuestra cartera modelo de referencia o a través del Metavalor Global.

Sin embargo, los planes de pensiones sí pueden interesar a aquellos a quienes les queden menos de 20 años para poder recuperarlos, no quieran dejar dinero en herencia y tengan un perfil de riesgo más conservador, más inclinado a  inversión en obligaciones

Cuanto mayor sea tu renta, mayor ahorro conseguirás en las aportaciones, pero si tu idea es mantener su nivel de ingresos tras la jubilación, también tributarás a un tipo alto. De hecho, si no fuera porque al aportar a un plan de pensiones puedes reinvertir el ahorro fiscal de forma que los intereses que genere sean mayores, y ese efecto quede compensado, no serían interesantes. Por tanto, quienes tengan rentas más altas (salario a partir de 60.000 euros) y recuperen poco a poco el plan para tributar menos, serán quienes más rentabilidad obtengan a sus aportaciones.

¿Tienes un plan de pensiones poco rentable? No puedes rescatarlo, pero sí mejorar el rendimiento, ordenando un traspaso hacia los mejores planes.

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¿Cómo rescatar tu plan de pensiones?

Una vez llegada a la edad de jubilación, podrás recuperar el plan de pensiones cuando quieras, pues no hay límite de plazo para cobrarlo. Además, recuperarás tu dinero siempre en efectivo. No obstante, conviene tener en cuenta algunas cuestiones:

  • Lo más interesante no es recuperarlo el mismo año que te jubiles, sino que conviene esperar a que bajen los ingresos del trabajo, algo que suele ocurrir al año siguiente al de la jubilación.
  • Tampoco conviene cobrarlo de golpe cuando se ha acumulado una cantidad importante pues podrías saltar de escala tributaria, con lo que tendrías que pagar más impuestos de lo que ahorraste con las aportaciones.
  • Lo mejor es repartir el dinero cobrándolo durante varios años en forma de renta, rescatando pequeñas cantidades sin ninguna periodicidad establecida de tal manera que ese dinero, sumado al resto de tus rentas no te haga saltar a un tramo superior en la escala de IRPF.
  • Olvídate de las rentas vitalicias aseguradas: eso implica ceder tu patrimonio a una entidad aseguradora que pagará una renta estipulada hasta el fallecimiento, pero la oferta es escasa, las rentas ofrecidas bastante ridículas, y además , tras el fallecimiento los herederos no recibirán nada... Todos estos inconvenientes no compensan la ventajosa fiscalidad de esta opción.
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