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La nueva normativa sobre acrilamida, en vigor

11 abril 2018
patatas fritas

Entra en vigor el Reglamento que regula la presencia de acrilamidas en alimentos, una norma que OCU considera insuficiente: da solo unos valores de referencia, y superarlos no implica la retirada del producto del mercado. Pedimos límites legales.

La acrilamida es un compuesto que se produce de forma natural cuando determinados alimentos son sometidos a altas temperaturas (más de170 °C), con bajo nivel de humedad. Se forma principalmente en alimentos ricos en hidratos de carbono, horneados, asados o fritos, con materias primas como cereales, patatas y granos de café.

Según datos de la EFSA, la presencia de acrilamida en los alimentos puede aumentar el riesgo de padecer cáncer, y esto es especialmente preocupante en el caso de los niños, que son el grupo de edad más expuesto, por su menor peso corporal.

La Unión Europea publicó una nueva normativa, el Reglamento (UE) 2017/2158, cuya finalidad es reducir los niveles de  exposición de la población a la acrilamida. Esa nueva norma entra en vigor el 11 de abril de 2018.

acrilamida alimentos

¿Qué cambia la normativa?

Este nuevo Reglamento sobre acrilamidas:

  • Establece valores máximos de referencia para varias categorías de alimentos: patatas fritas y productos de aperitivo a base de patata, pan, cereales de desayuno, productos de bollería y galletería, café y sucedáneos, alimentos infantiles y productos de cereales para lactantes y niños pequeños.
  • En caso de que se superen estos valores, fija unas medidas de mitigación en producción, formulación del producto y procesado.
  • Establece que, tras adoptarse las medidas previstas, deben realizarse por parte de las empresas análisis que evalúen si se superan los niveles de referencia.
  • Obliga a los fabricantes a indicar a los consumidores los métodos recomendados para cocinar cada producto, especificando el tiempo, la temperatura y la cantidad para horno, freidora o sartén. Esas instrucciones de cocción deberán exponerse claramente en los envases o embalajes

Un avance insuficiente

Para OCU, la nueva normativa sobre acrilamidas debería ser más exigente: da unos valores de referencia, sí, pero superar esos valores establecidos no implica la obligación de retirar el producto del mercado. Por eso, desde la Organización de Consumidores y Usuarios:

  • Pedimos unos límites legales que impidan que un alimento con altos valores de acrilamida llegue a los consumidores.
  • Recordamos a los consumidores la necesidad de respetar las indicaciones de cocción que se incorporan en los alimentos, así como algunas precauciones que se deben adoptar especialmente al cocinar patatas o cereales.

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